Accidentes de trabajo en 2026: qué hacer en las primeras 24 horas y cómo actuar frente a la ART
- Florencia Chumba
- 13 feb
- 3 Min. de lectura
En un accidente laboral, las primeras 24 horas pueden determinar el reconocimiento médico, la cobertura y el resultado del reclamo.
Los accidentes de trabajo continúan siendo una de las principales causas de conflicto entre trabajadores y Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) en Argentina. Aunque el sistema está regulado por la Ley 24.557 y sus modificatorias, en la práctica existen demoras, altas médicas prematuras y rechazos de cobertura.
Actuar correctamente desde el primer momento es fundamental para proteger los derechos del trabajador.
Las decisiones tomadas en las primeras 24 horas pueden impactar en el reconocimiento del accidente, el tratamiento médico, la determinación de incapacidad y la eventual indemnización.
Qué se considera accidente de trabajo según la ley argentina
La Ley 24.557 establece que se considera accidente de trabajo todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo.
También se incluyen los accidentes in itinere, es decir, los que ocurren en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.
Normativa aplicable:
Ley 24.557 – Ley de Riesgos del Trabajohttp://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/27971/texact.htm
Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT)https://www.argentina.gob.ar/srt
Qué hacer en las primeras 24 horas
Ante un accidente laboral es fundamental:
Informar inmediatamente al empleador.
Solicitar atención médica por la ART.
Conservar constancias médicas y estudios realizados.
Verificar que el siniestro haya sido denunciado formalmente ante la ART.
El empleador tiene la obligación de denunciar el accidente ante la ART dentro de los plazos legales.
Si el empleador no lo hace, el trabajador puede realizar la denuncia directamente.
La falta de denuncia puede complicar el reconocimiento posterior.
Cómo actúa la ART y qué debe garantizar
La ART debe brindar:
Atención médica integral.
Medicación y estudios necesarios.
Rehabilitación.
Traslados si corresponden.
Pago de prestaciones dinerarias durante la incapacidad laboral temporaria.
En caso de incapacidad permanente, corresponde una indemnización cuyo cálculo depende del porcentaje determinado por comisión médica.
La Ley 27.348 modificó aspectos procedimentales del sistema y estableció la obligatoriedad del paso previo por Comisiones Médicas antes de iniciar demanda judicial.
Normativa:
Ley 27.348 – Complementaria de la Ley de Riesgos del Trabajohttp://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/270000-274999/272622/norma.htm
Qué sucede si la ART rechaza el accidente
En algunos casos, la ART puede rechazar la cobertura alegando inexistencia de accidente laboral o falta de relación causal.
Ante un rechazo, el trabajador puede:
Impugnar la decisión ante la Comisión Médica correspondiente.
Solicitar revisión médica.
Iniciar reclamo judicial si corresponde.
Es fundamental analizar el rechazo desde el punto de vista médico y jurídico.
Alta médica y determinación de incapacidad
Uno de los conflictos más frecuentes es el otorgamiento de alta médica prematura.
Si el trabajador aún presenta secuelas, puede impugnar el alta ante Comisión Médica.
La determinación del porcentaje de incapacidad influye directamente en el monto indemnizatorio.
Un porcentaje mal determinado puede implicar una indemnización significativamente menor.
Plazos importantes
El sistema de riesgos del trabajo establece plazos específicos para impugnaciones ante Comisión Médica.
Además, el plazo general de prescripción para iniciar acción judicial es de dos años.
Actuar con asesoramiento temprano es clave para no perder derechos.
Cómo puede ayudar Chumba y Asociados
En Chumba y Asociados contamos con amplia experiencia en reclamos contra ART.
Analizamos:
El reconocimiento del accidente.
La correcta prestación médica.
La determinación del porcentaje de incapacidad.
La liquidación indemnizatoria.
La posibilidad de iniciar acción judicial si corresponde.
Nuestro objetivo es que el trabajador reciba tratamiento adecuado y la indemnización que la ley establece.
Datos de contacto
Chumba y Asociados
📍 Fabián Onsari 11, Oficina 5, Wilde, Buenos Aires, Argentina
📞 Teléfono: 11 5815 2361
📩 Email: info@chumbayasociados.com
Fuentes consultadas
Ley 24.557 – Ley de Riesgos del Trabajohttp://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/27971/texact.htm
Ley 27.348 – Complementaria del régimen de riesgos del trabajohttp://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/270000-274999/272622/norma.htm
Superintendencia de Riesgos del Trabajohttps://www.argentina.gob.ar/srt
InfoLEG – Base normativa oficialhttp://www.infoleg.gob.ar



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